
El No estar conforme con la realidad social en la que vivimos: la decadente y mediocre sensación de intrascendencia y lo efímero que es el presente con lo que ya pasó, queriendo Equilibrar las circunstancias creando exacerbaciones y molestiad por doquier.
El reto es para cada uno, el de tener su propio estilo, esencia, filosofía, presencia, precedencia y trascendencia.

A mi me exacerba que las respuestas de facto a estos cismas milenarios, incluidas sus soluciones y planteamientos, están en las bases del Derecho.
En este orden de ideas, decía Alvaro d’Ors:
«La decisión en justicia de una controversia sobre lo que pertenece a las personas incumbe a un Juez, que es la persona imparcial que declara su opinión o sentencia respecto al derecho el que declara el derecho […] La Jurisprudencia es así la ciencia que debe ilustrar a los jueces para dar sentencias justas»
En efecto, desde su visualización Filosófica, al Derecho le interesa la VALIDEZ INTRINSECA O JUSTA de su deber ser, asi como moral, sin importar si es formal ni vigente, sino simplemente eficaz, porque solo existe una AXIOLOGIA JURIDICA que estudia los valores jurídicos absolutos: <JUSTO ~ INJUSTO>.
La vigencia o validez , en sentido formal es la fuerza obligatoria (coaccion) que se atribuye al Estado para hacer cumplir las normas sin tomar en cuenta su valor intrinseco. (Justo ~ injusto), así pues, puede haber normas y leyes injustas que se hacen cumplir por el Estado (principalmente por el Gobierno).
La positividad es el aspecto sociologico del Derecho; a la sociología jurídica no le interesa que la norma sea justa, sino que sea eficaz y que rija efectivamente la vida social de una sociedad y población en una época indeterminada, así como una costumbre, convencionalismo, principio y dogma.
Estas notas no deben de excluirse, y pueden coexistir en un mismo orden y sistema juridico, fundamentado en:
-La Igualdad= para que dividir y especificar en Todas, Todos, tidis, tudus y Todes si cada quien y cada cual son PERSONAS.
-La Libertad= de Pensamiento, de movimiento físico, de preferencia sexual, de identidad religiosa, de actividad económica, de expresión, de manifestación, de elección de abstinencia, de silencio, de discrepancia, pero dentro de lo que la ley no. prohíba y respetando la libertad de las demás personas.
-La Legalidad= todo acto de autoridad debe estar fundado y motivado y as autoridades solamente pueden hacer lo que la ley les faculte expresamente hacer, las personas deben cumplir con sus obligaciones, respetar los derechos de los demás y cumplir y acatar la ley.
-La Equidad= que debe de entenderse como ese justo medio que equilibra la balanza.
-La Justicia= que es abstracta, impersonal e inexorable, porque es un valor humano absoluta y genérico.
-La Excepcionalidad= los puntos y toques para lograr el justo medio y buscar obtener una Justicia.
– La Responsabilidad= saber que todo acto, acción, omisión, abstención e intención tienen consecuencias jurídicas, legales, sociales e históricas en un momento y lugar determinado.
Más sin embargo, en ésta época tan contradictoria en que vivimos, cada una de las personas y grupos de ellas que se sienten afectados en cualquiera de sus atributos como seres humanos, quieren hacer su propia Justicia, olvidando que la Ley no se aplica voluntariamente por toda la población y gente que debe cumplirla, que parchando cada ley, las mismas llegan a un punto en que pueden ser contradictorias y más imposible su aplicación obligatoria y sobretodo, que la forma ha adquirido más valor que su finalidad, fondo o fin: la Justicia y Equidad.

⭕ Carpe Diem
LUIS BLANCO SÁNCHEZ
Abogado
